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En los años 60, como resultado
de la reducción en la exactitud de altímetros barométricos
con el aumento de la altitud y en función del techo operacional
de las aeronaves de aquella época, fue establecido un Mínimo de Separación Vertical (VSM) creciente
de 600 m (2000 ft) para el uso entre las aeronaves volando arriba del
FL290, establecido como nivel de cambio.
En los mediados de los años setenta, las la escasez mundial de
combustibles y la consecuente escalada del aumento de los costos de combustible,
aliada a la demanda creciente para una utilización más eficiente
del espacio aéreo disponible, acentuó la necesidad para
una evaluación detallada de la propuesta para reducir el VSM arriba
del FL 290.
En 1982, coordinado por el Panel de Revisión del Concepto General
de Separación (RGCSP) de la ICAO, algunos países iniciaron
programas para estudiar de manera más eficiente la cuestión
de reducir el VSM arriba del FL 290.
En Diciembre 1988 los resultados de tales estudios fueron considerados
por el RGCSP en su sexta reunión (RGCSP/6). Después de exhaustivo
estudios empleando métodos cuantitativos de riesgo para apoyar
decisiones operacionales referentes a la viabilidad de reducir el VSM,
el nivel del riesgo que se juzga aceptable fue llamado el “nivel
de seguridad satisfactorio” (TLS) que se expresa en números
por 2,5 x 10-9 accidentes fatales por hora del vuelo de aeronaves como
consecuencia de errores técnicos (altimetria).
En la séptima reunión del RGCSP (Noviembre de 1990), el
Panel concluyó el material global de la orientación para
la implementación del Mínimo de Separación Vertical
Reducido (RVSM) de 1000 ft. El propósito principal del material
(doc. 9574) fue proveer los criterios, los requisitos y la metodología
a los Grupos de Planificaciones Regionales (RPG) para el desarrollo de
documentos, de procedimientos y de programas de permitir la introducción
del RVSM en sus regiones.
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